Una duda que comparten muchos usuarios en el servicio de motoConsultorio de MAPFRE Cuidamos tuMOTO que están a punto de examinarse del permiso de conducir es si pueden hacerlo con una moto automática. La falta de pericia inicial lleva a muchos conductores a contemplar esta opción porque la conducción resulta más cómoda y sencilla al no tener que estar pendiente de accionar de forma sincronizada la maneta del embrague y la palanca del cambio para subir o bajar marchas.
De esta manera, el conductor se dedica exclusivamente a acelerar y frenar y le puede generar mayor confianza. Pero conviene saber que, si te examinas con una moto automática, solo podrás conducir motos de estas características. Igual sucede con el carnet B de coche. Si tienes claro que en el futuro solo vas a usar scooters, adelante, pero ten claro que renunciarías a conducir motos convencionales, que prácticamente en su totalidad disponen de cambio manual. La excepción, desde hace unos pocos años, es una mínima cantidad de motos de alta cilindrada que disponen de cambio automático.
El Reglamento General de Conductores aprobado en el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo recoge diferentes permisos de conducir: Licencia AM, Carnet A1, A2 y A. Cada uno de ellos restringe en edad, cubicaje, potencia y otras características la conducción de un vehículo. Por defecto, el examen práctico de conducción se realiza con motos con cambio manual, aunque podrías examinarte con un vehículo automático. Esta posibilidad queda reflejada en la excepción del punto 4 del anexo VII del Reglamento General de Conductores y se anotará en tu carnet, con lo que solo podrás conducir vehículos que no tengan embrague ni cambio manual.
Pero ten en cuenta que encontrarás dificultades a la hora de examinarte con una moto automática, porque la mayoría de las autoescuelas cuentan con motos de marchas para hacer las prácticas. Solo pocas autoescuelas ofrecen sus servicios para el A2 con motos automáticas, pero si tu deseo es examinarte para el carnet A1, deberás buscar tú una moto.
Finalmente, si estás pensando en examinarte por libre del carnet A2 con una moto automática deberás tener en cuenta las reglas que marca la legislación, que no son pocas: “motocicletas de dos ruedas simples de, al menos 16 pulgadas, de cilindrada no inferior a 400 cc, con una potencia no inferior a 25 kW (34 CV) ni superior a 35 kW (48 CV) y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg”. Con estas características, el mercado actual no ofrece ninguna moto. Tendríamos que dirigirnos a scooters de hace años, contados con los dedos de una mano.
Si tienes cualquier duda técnica o legal sobre tu moto puedes acceder al servicio de motoConsultorio de MAPFRE Cuidamos tuMOTO donde el equipo de profesionales del Club analizará y dará respuesta a tus consultas en menos de 48 horas vía email.
Desde MAPFRE, debido a la eventual situación del COVID-19, aconsejan seguir las instrucciones que se comuniquen en cada momento por parte de las Autoridades Sanitarias y organismos oficiales competentes.
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