Si has comprado una moto en el extranjero o piensas hacerlo, has de saber que tendrás que matricularla cuando llegues a España. Te explicamos qué documentación deberás presentar y cómo podrás realizar los trámites. ¡Toma nota!
Imagínate que vives algún un tiempo en otro país y compras una moto durante tu estancia en él. O que encuentras una oferta interesante fuera de España y decides adquirir una moto en el extranjero. En ambos casos, al regresar a nuestro país te verás obligado a matricular una moto extranjera en España.
Según recuerdan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), si residimos en España y somos propietarios de un vehículo que tiene placa extranjera con el que deseamos circular habitualmente, estamos obligados a cambiarle la matrícula de su país por una española. De esta forma, cumpliremos lo establecido en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial:
- Para poner en circulación vehículos a motor, es preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne del modo que se establezca.
- Cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o titulares de establecimientos situados en nuestro país, los vehículos a los que se refiere el apartado anterior deben ser objeto de matriculación definitiva.
Pero llegado el momento de cumplir dicha obligación, no es lo mismo que el vehículo adquirido sea nuevo que de segunda mano. O que se haya comprado en la Unión Europea o fuera de ella. Si no tienes muy claro cómo matricular una moto extranjera en España, ¡sigue leyendo!
¿Una moto extranjera debe pasar la ITV?
Una de las primeras cosas que debes saber es que aunque la moto adquirida en el extranjero hubiese pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en su país, también tendrá que someterse a una inspección en España. Para ello, habrá que presentar:
- El permiso de circulación o documento equivalente del país de procedencia.
- La Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos o documento equivalente del país donde se haya comprado la moto.
- Ficha reducida del vehículo o Certificado de Conformidad (COC) si cuenta con homologación de tipo CE. Con este documento se acredita que la moto cumple los estándares de calidad y medio ambiente exigidos por la Unión Europea.
Matriculación: ¿qué papeles son necesarios?
Una vez que se tiene claro que para matricular una moto extranjera en España es preciso superar la ITV en nuestro país, tendremos que disponer de la siguiente documentación:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Documento de identificación del dueño del vehículo (DNI, carnet de conducir, tarjeta de residencia, pasaporte más número de identidad de extranjero (NIE), tarjeta de identificación fiscal, etc.).
- Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos –electrónica (NIVE) o en formato papel– acompañada de la diligencia de venta, factura o acta de adjudicación si la moto procede de subasta.
- Justificante de haber realizado el pago de la tasa de matriculación correspondiente a la DGT o resguardo de la misma.
- Justificante del pago o exención del impuesto de circulación municipal.
- Justificante del pago, exención o no sujeción del impuesto de matriculación liquidado con la Agencia Tributaria (modelo 576).
Con el fin de evitar demoras en el proceso de matriculación, es importante comprobar que no nos falta ningún documento. Una vez que los tengamos todos, podremos presentárselos a la DGT.
¿Cómo puede presentarse la documentación?
Y para presentar la documentación que nos permitirá matricular una moto extranjera en España tendremos dos alternativas:
- Una de ellas es presencialmente en cualquiera de las jefaturas provinciales de la DGT. Pero, recuerda: es importante que antes de acudir a una oficia solicites cita previa. Puedes hacerlo por Internet o llamando al número de teléfono 060.
- Y la otra opción es utilizando el servicio de Registro Electrónico de la Sede Electrónica de la DGT. Para ello, la moto tiene que disponer de Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos en formato electrónico (NIVE).
Por si no lo sabías, hay muchos trámites de la DGT que se pueden hacer online. Desde tramitar una multa hasta solicitar un duplicado del carnet de conducir, pasando por las gestiones relacionadas con los vehículos, pagar tasas, presentar quejas o sugerencias, etc. Y también los trámites relativos a matricular una moto extranjera en España.
En algunos casos, para hacer gestiones online con la DGT no necesitaremos cumplir ningún requisito. Pero en otros será imprescindible un registro electrónico, estar dados de alta en el sistema @Clave, disponer de un certificado, contar con un usuario y una contraseña o haber descargado la app miDGT.
Requisitos para motos compradas en la Unión Europea
Como comentábamos al inicio del presente artículo, para matricular una moto extranjera en España hay que tener en cuenta si se ha adquirido en la Unión Europea o fuera de ella. Y si el vehículo es nuevo o de segunda mano. Es lo que en la DGT denominan “supuestos especiales”.
Además de aportar la documentación señalada anteriormente, para matricular una moto nueva que hayamos adquirido en un país de la Unión Europea también estaremos obligados a:
- Presentar el justificante del pago del IVA (modelo 309 o modelo 300 de la Agencia Tributaria).
- O acreditar que estamos incluidos en el censo de sujetos pasivos del IVA y entregar la ficha técnica expedida por la ITV.
Otra cosa es que la moto comprada en un país de la Unión Europea sea de segunda mano. En dicho supuesto, la DGT nos exigirá:
- La documentación original del vehículo.
- La ficha técnica de la moto expedida por la ITV.
- Si se trata de una operación realizada entre particulares, el contrato de compraventa acompañado de traducción y el justificante de haber satisfecho el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Si la moto se adquiere a un compraventa de un país distinto a España, la factura en la que figure el número de IVA.
- Y si el vehículo se adquiere a un compraventa español, la factura y el documento expedido por Hacienda que justifique estar dado de alta en esa actividad.
¿Qué sucede con las motos adquiridas en terceros países?
Para los vehículos adquiridos en países que no pertenezcan a la Unión Europea, en la DGT nos solicitarán la documentación original de la moto. Y también el Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación.
DGT: ¿cuánto cuesta el trámite y dónde puede abonarse?
En lo relativo al trámite de la DGT, para matricular una moto extranjera en España hay que abonar una tasa de 97,80 euros –para los ciclomotores es de 27,30 euros–. El pago puede realizarse bien por Internet o en una jefatura provincial de la DGT, bien en una entidad financiera autorizada tanto en efectivo como con cargo en cuenta bancaria.
Finalizado el proceso, en la DGT nos darán nuestro nuevo número de matrícula y la documentación definitiva. Si queremos circular con nuestra moto extranjera mientras gestionamos la matriculación, tendremos que solicitar una placa temporal verde antes de adquirir la definitiva en un centro autorizado.
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